A- de 2024
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Kpec Sas·Demandado Consorcio Iconho
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre responsabilidad contractual entre particulares
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Jurisdicciones entre el Juzgado Veintidós de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla y el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
Causa la controversia, demanda ejecutiva presentada por Kpec S.A.S. en contra del Consorcio Iconho, con el fin de que se libre mandamiento de pago por concepto de retenciones, intereses moratorios y cláusula penal generadas del contrato de obra que tiene por objeto el suministro e instalación de todo el sistema eléctrico interno y externo en el “Paso El Ferry” ubicado en Barranquilla.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena decide con base en la regla fijada en Auto 1718 de 2023 que, la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad civil, es la competente para conocer de una demanda en la que se reclame ejecutivamente el pago de una obligación contenida en un contrato de obra civil, en el cual no interviene como parte contratante una entidad estatal, en virtud de la regla residual de competencia contenida en los artículos 15 del CGP y 12 de la Ley 270 de 1996.
Por consiguiente, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Veintidós de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Barranquilla y a los interesados en este asunto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintidós de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla y el Juzgado
- Sexto. Administrativo del Circuito de Barranquilla, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Veintidós de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla conocer sobre la demanda ejecutiva promovida por Kpec S.A.S. contra el consorcio Iconho.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-4494 al Juzgado Veintidós de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Sexto. Administrativo del Circuito de Barranquilla y a los interesados en este asunto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.